La figura del coordinador
de formación se regula en la comunidad valenciana en las instrucciones
de inicio de curso 2012/2013. Posteriormente se publican en el DOGV la Orden 64/2012 y la Orden 65/2012.
ORDEN 64/2012 POR LA QUE SE REGULA LA CREACIÓN, ESTRUCTURA
Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE FORMACIÓN, INNOVACIÓN Y RECURSOS EDUCATIVOS
DE LA COMUNIDAD VALENCIANA. (CEFIRE)
"Los CEFIRE son centros especializados con la finalidad de
asesoramiento, organización y gestión de la formación, innovación y recursos
educativos de la Comunitat Valenciana."
ORDEN 65/2012
"La presente orden avanza en una nueva dirección donde, por
primera vez, los centros educativos asumen un protagonismo mayor, detectando
las necesidades y proponiendo las acciones formativas del profesorado para la
mejora continua de su proyecto educativo, participando activamente en el diseño
de sus planes formativos y asumiendo nuevos retos como parte de su autonomía."
Las funciones del coordinador de formación serán:
a) Detectar las necesidades de formación del
claustro, tanto a nivel de proyecto educativo como de necesidades individuales
del profesorado.
b) Coordinar la formación del profesorado dentro de
los contratos programa del centro, en su caso.
c) Redactar la propuesta del programa anual de formación
siguiendo las indicaciones del equipo directivo y sobre la base de las
necesidades detectadas, a las recomendaciones de los jefes de los
departamentos, a las líneas estratégicas generales del PAF y a la evaluación
del diseño y ejecución del programa anual de cursos anteriores.
d) Coordinar con el CEFIRE de referencia las
actuaciones necesarias para la puesta en marcha y seguimiento de aquellas
actividades de formación a nivel de centro, que hayan sido aprobadas por la
administración.
e) Colaborar con el equipo directivo en la evaluación
de la realización del programa anual de formación propuesto por el centro,
tanto en su ejecución como en la mejora de los resultados del alumnado.
Modalidades formativas
Las actividades de formación permanente del profesorado,
en función de su finalidad y metodología de trabajo, se clasificaran en las
siguientes modalidades:
a) Curso: contribuye a la actualización
unipersonal del docente, tanto en aspectos técnicos, como científicos, didácticos
y metodológicos, por medio de aportaciones de especialistas.
b) Formación en centros: incide sobre la
comunidad educativa de un centro, a través de la formación y el trabajo en común
de sus componentes y la colaboración de expertos externos.
c) Jornada: difunde contenidos monográficos
previamente fijados, a través de la participación activa de sus participantes
y/o de ponentes externos.
d) Seminario: coordina la actitud reflexiva
conjunta y el debate docente para profundizar en el estudio de cuestiones
educativas científicas, metodológicas o didácticas, con apoyo ocasional de un
experto.
e) Grupo de trabajo: elabora y/o analiza
materiales curriculares, además de experimentar con ellos en las diferentes
situaciones educativas
f) Talleres de
buenas prácticas: un docente o grupo de docentes con buenas prácticas
reconocidas por la Administración comparte sus experiencias como refuerzo
metodológico y didáctico
Reflexión
El fin último de la formación del profesorado es, con
todo, la mejora de la calidad educativa y la consiguiente repercusión en el
proceso de aprendizaje del alumnado; ha de estar orientada a la mejora de la enseñanza y los resultados académicos del alumnado, centrándose
en aquellas competencias profesionales que tienen incidencia directa en el éxito
escolar, la búsqueda de la excelencia, el desarrollo de todas las
potencialidades y la equidad educativa.